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Registro de Mayores Contribuyentes
En todos los municipios de la Provincia de Bs.As, de acuerdo a lo indicado en el Capitulo III art. 93 (Ley 5887) y sub-siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Anualmente, desde el 1° hasta el 15 de mayo se eligen tantos mayores contribuyentes (titulares y suplentes) como concejales tenga el municipio. La función de estos Mayores Contribuyentes es la de integrar (conjuntamente con los concejales) la Asamblea De Concejales y Mayores Contribuyentes. Dicha asamblea se convoca únicamente para tratar: 1.- Obras de mejoramiento e Interés público. 2.- Casos de fuerza mayor o fortuitos y 3.- Consolidación de Deudas. Los requisitos para inscribirse son: presentarse en la intendencia con el comprobante de pago de la ultima Tasa por Servicios Generales y DNI (con domicilio en el partido). Dentro de los diez días siguientes el intendente remitirá al Concejo Deliberante la nómina de los inscriptos. Si no hubiere inscriptos o su número no alcanzare al del doble de los concejales, el intendente la integrará o completará de oficio.Esta es una de las pocas posibilidades (aparte de la asistencia a las reuniones del Concejo Deliberante que son PUBLICAS) que disponemos en la Provincia para realizar un Control sobre el endeudamiento municipal. NO LA DEJEMOS PASAR!!!! |
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