Registro de Mayores Contribuyentes 

En todos los municipios de la Provincia de Bs.As, de acuerdo a lo indicado en el Capitulo III art. 93 (Ley 5887) y sub-siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades. 

Anualmente, desde el 1° hasta el 15 de mayo se eligen tantos mayores contribuyentes (titulares y suplentes) como concejales tenga el municipio.

La función de estos Mayores Contribuyentes es la de integrar (conjuntamente con los concejales) la Asamblea De Concejales y Mayores Contribuyentes. 

Dicha asamblea se convoca únicamente para tratar: 

1.- Obras de mejoramiento e Interés público.

2.- Casos de fuerza mayor o fortuitos y 

3.- Consolidación de Deudas. 

Los requisitos para inscribirse son: presentarse en la intendencia con el comprobante de pago de la ultima Tasa por Servicios Generales y DNI (con domicilio en el partido).

Dentro de los diez días siguientes el intendente remitirá al Concejo Deliberante la nómina de los inscriptos. Si no hubiere inscriptos o su número no alcanzare al del doble de los concejales, el intendente la integrará o completará de oficio.

Esta es una de las pocas posibilidades (aparte de la asistencia a las reuniones del Concejo Deliberante que son PUBLICAS) que disponemos en la Provincia para realizar un Control sobre el endeudamiento municipal. NO LA DEJEMOS PASAR!!!!
 

Juez Cruciani

El Dr. Julio Cruciani visitó la ciudad de La Plata... 

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